La separación de 3 ciudades por parte de Moshé en la ribera del Iardén (Jordán), entró en vigor solamente a partir de la consagración de las 3 ciudades-Kedesh, Shejem y Hebrón-a cargo de Yehoshua. Y hay aquí también innovaciones halájicas.
La consagración de las ciudades de refugio para el homicida involuntario, a fin de evitar la venganza y una cadena de homicidios, es el único lugar en el que está escrito-“Y le habló Dios a Yehoshua diciendo” (Versículo 1)-un lenguaje reservado solamente para la Torá de Moshé; todo el capítulo está colmado de instrucciones de decretos y ordenanzas y es apropiado para una sección de la Torá, tal como dijeron Jazal, nuestros Sabios de Bendita Memoria (Tratado Makot 11a). La separación de las 3 ciudades por Moshé en la ribera del Iardén, entró en vigor solamente con la consagración de las 3 ciudades-Kedesh, Shejem y Hebrón- a cargo de Yehoshua, como lo explicaron Jazal (Comentario de Rashi sobre el versículo 41 del capítulo 4 en el libro Devarim; Makot 2b).
Hay aquí también innovaciones halájicas, que complementan las leyes del refugio en la Torá-“Y huirá (el homicida involuntario) a alguna de aquellas ciudades, y se presentará en la puerta de la ciudad, y dirá sus causas ante los ancianos de aquella ciudad: y ellos le recibirán consigo dentro de la ciudad, y le darán lugar para que habite con ellos” (Versículo 4). En el “portón de acceso a la ciudad” debe llevarse a cabo un juicio menor, en el cual el homicida involuntario relatará su episodio, y convencerá a los ancianos de la ciudad de refugio para que le permitan el ingreso-es posible que él también se comprometerá a jurar en el acceso a la ciudad para beneficiarse con el refugio, y en caso que se descubra que ha mentido será también acusado de juramento falso, como lo explicara el Rabino Iaacov Medan (en su libro “Ki Karov Eileja”, página 362) el versículo literal de la parashá (sección) Mishpatim (Shemot capítulo 21, versículo 14)-“ pero cuando premeditare un hombre contra su prójimo para matarlo con ardid -aun desde Mi altar lo prenderás, para ser muerto”.
Tras su aceptación en la ciudad de refugio, tiene el derecho de permanecer allí sin abonar alquiler (Comentario de Radak sobre el versículo 4), y existe una prohibición de extraditarlo (Versículo 5);solamente saldrá para afrontar el juicio ante “la congregación” (Un tribunal general); de revelarse que efectivamente fue involuntario, retornará a la ciudad de refugio y permanecerá en ella “hasta la muerte del Cohen Gadol (Sumo Sacerdote) que hubiere en aquel tiempo” (Versículo 6, el versículo está escrito en un estilo breve).
Gentileza del sitio 929.